Dado el ámbito territorial de la Academia, en la elección de sus miembros se procurará que éstos tengan residencia en el territorio de la Comunidad de Castilla y León o vinculación de carácter personal o profesional a ésta. La condición de Académico se adquiere mediante la elección y posterior toma de posesión con arreglo a lo previsto, para las distintas categorías de Académicos, en los Estatutos y, en su caso, en el Reglamento de régimen interior que se apruebe para su aplicación.
Los académicos de número no podrán exceder de 30, de los que 23 serán Licenciados o Graduados en Veterinaria y siete Licenciados o Graduados en Ciencias afines a la Veterinaria.
Podrán ser españoles o extranjeros, deberán poseer el grado académico de Doctor y ser acreedores de esa distinción por sus méritos o por la relevancia de su labor científica o profesional. Con un numero máximo de 90 miembros.
El nombramiento de Académicos de Honor se reserva a los científicos españoles o extranjeros que por sus eminentes trabajos en Ciencias Veterinarias, o sus afines, hayan alcanzado un relevante prestigio. Asimismo, se considerarán (AH) las personas destacadas por su mecenazgo o servicios prestados a la AVETCyL. Con un numero máximo de 10 miembros.